Resumen
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Se exploran los posibles usos y riesgos en el lugar de trabajo de las aplicaciones de rastreo de contactos y otras tecnologías de vigilancia implantadas para contener la COVID‐19, tomando como referencia el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea. Dado el desequilibrio de poder inherente a la relación de trabajo, las legislaciones nacionales deberían reforzar la potestad de las y los empleados de rechazar dichas aplicaciones cuando finalice la pandemia. Serán necesarias normativas y orientaciones adicionales para evitar futuros problemas, como las desviaciones de uso de dichas tecnologías por parte de entidades empleadoras.Palabras clave: COVID‐19, RGPD, rastreo digital de contactos, vigilancia de los trabajadores, protección de datos, aplicaciones de rastreo de contactos
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