Reseña original en inglés publicada en International Labour Review 164 (4). Traducción de Marta Pino Moreno. Traducida también al francés en Revue internationale du Travail 164 (4).
Estamos pidiendo subidas salariales en todas partes. En todos los empleos, en todas las ocupaciones, porque ahora nos encontramos con empleados mal remunerados en relación con el costo de la vida.
Manifestante en París contra la inflación1
El público siempre culpa a los altos cargos gubernamentales por la mala gestión de las políticas que causan penurias económicas, como se constata en las revueltas populares contra la presión inflacionaria.2 La reivindicación del manifestante citado al comienzo no es un caso aislado. Las políticas del mercado de trabajo, en particular, suelen ser focos de ira y frustración.3 Ante esta realidad, los legisladores y los responsables de la formulación de políticas no pueden desoír las preocupaciones económicas. Como dice el famoso lema político: «Es la economía, estúpido».
Parece necesario poner de relieve la importancia de las dimensiones económicas de la política. Sin embargo, según sostiene el profesor Adrián Todolí-Signes en Labour Law and Economic Policy: How Employment Rights Improve the Economy, durante los últimos decenios muchos expertos en derecho laboral y responsables políticos han eludido los debates sobre política económica. Esos agnósticos económicos afirman que, como la legislación laboral no produce efectos apreciables en los niveles de empleo, difícilmente generará resultados económicos importantes. Consideremos los ejemplos de los Estados Unidos y Alemania, dos potencias económicas con modelos muy disímiles de reglamentación de los mercados laborales. Los Estados Unidos cuentan con sistemas de negociación colectiva muy descentralizados, mientras que Alemania, a pesar de la mercantilización, apoya la cogestión efectiva y los acuerdos de negociación sectorial.4 A pesar de estas diferencias, ambos países han mantenido un fuerte crecimiento del empleo durante décadas. Parece, pues, que las instituciones y la reglamentación del mercado de trabajo apenas repercuten en el empleo. Ante esta evidencia, algunos expertos en derecho laboral consideran que este constituye sobre todo un instrumento para hacer valer las consideraciones morales. A su juicio, esta rama del derecho tiene por objeto proteger a los trabajadores para que no sean tratados como mercancías, y no actuar como instrumento de política económica.
Todolí-Signes sostiene que el agnosticismo económico del derecho laboral surgió en respuesta a las tesis neoliberales de que la legislación laboral distorsiona los mercados y crea ineficiencias, lo que encarece la contratación de trabajadores y, a su vez, reduce la demanda global de mano de obra. Es decir, según esta lógica, la legislación laboral crea desempleo, una consecuencia no deseada que acaba perjudicando a los trabajadores.
La indiferencia del derecho laboral con respecto a la política económica puede haber surgido como respuesta estratégica para neutralizar a los críticos neoliberales. Sin embargo, en la práctica sirvió para dejar la política económica en manos de los monetaristas, los expertos fiscales y las grandes empresas. Se cedió demasiado terreno a otras partes interesadas, permitiéndoles configurar las estructuras y relaciones económicas a su antojo, lo que a su vez tuvo consecuencias negativas, como el aumento de la precariedad y la polarización. Por ello, Todolí-Signes sostiene que el derecho laboral debe reclamar su lugar en la política económica si aspira a seguir siendo relevante y a ofrecer mejores alternativas económicas.
El relato que Labour Law and Economic Policy ofrece al lector trata de rescatar las dimensiones de política económica inherentes al derecho laboral. Todolí-Signes afirma que, aunque el objetivo del derecho laboral sea proteger a los trabajadores, en la práctica —y acaso también en teoría— se ha preocupado por los intereses empresariales. Por ello también se ha denominado «el derecho del mercado laboral». En ese sentido, el derecho laboral ha tenido tres funciones distintas: i) promover el crecimiento económico; ii) fomentar la competitividad de las empresas; y iii) mejorar la productividad y la eficiencia globales.
Todolí-Signes sostiene que el derecho laboral se ha vuelto cada vez más incapaz de desempeñar esas tres funciones económicas, debido a la evolución del capitalismo contemporáneo impulsada por las mismas partes interesadas a las que se cedió el terreno económico. Por ejemplo, las empresas ahora tratan de mejorar de productividad y eficiencia mediante prácticas como la fisuración, la automatización y la gestión algorítmica, que en realidad desregulan el trabajo al situarlo fuera del ámbito del derecho laboral. Esto ha dado lugar a una creciente polarización en el mercado de trabajo, en el sentido de que los trabajadores muy calificados y difíciles de sustituir prosperan sin necesidad de protecciones de la legislación laboral, mientras que el resto lucha por sobrevivir con salarios cada vez más bajos y condiciones de trabajo precarias.
El autor considera que el derecho laboral debería participar en estos debates de política con el fin de lograr mejores resultados para todos. Basándose en bibliografía secundaria, afirma que las instituciones básicas del derecho laboral, como el salario mínimo y la negociación colectiva, mejoran los ingresos de los trabajadores. Esto, a su vez, fomenta la confianza, estimula un mayor esfuerzo en el trabajo y promueve la cooperación con los empleadores. Los trabajadores mal remunerados o en situaciones abusivas eluden sus responsabilidades, hacen huelga y se dedican a otras actividades improductivas (55). Es cierto que los salarios mínimos y la negociación colectiva aumentan los costos de personal para los empleadores, pero este aumento también crea incentivos para que los empleadores mejoren la productividad por otros medios distintos de la degradación del trabajo (161). Por lo tanto, acabar con la protección laboral es intrínsecamente una mala política económica. Empobrece a los trabajadores, reduce la confianza y la cooperación, contrae la demanda agregada y a duras penas promueve la competitividad de las empresas, de modo que acaba empeorando la situación de todas las partes.
Todolí-Signes también hace hincapié en la máxima clásica del derecho laboral de que el trabajo no es una mercancía. Los trabajadores no son melones. A juicio del autor, este precepto moral también debería reconocerse como un principio económico. La distinción entre mercancías reales (por ejemplo, los melones) y mercancías ficticias (como los trabajadores, que requieren motivación para trabajar) nos ayuda a comprender por qué la desregulación, lejos de estimular la demanda de mano de obra o el empleo, a menudo da lugar a ciclos persistentes de salarios más bajos, demanda reducida y desempleo persistente (50-51). El autor considera que «los derechos laborales rompen este círculo vicioso al permitir ganancias de eficiencia» (160). De este modo, la legislación laboral puede corregir los fallos del mercado y proporcionar un instrumento eficaz para mejorar los resultados económicos generales.
Por último, basándose en el principio fundamental que sustenta el derecho laboral —a saber, que la sociedad debe establecer normas para los agentes de negociación con poder asimétrico—, Todolí-Signes sostiene que la legislación laboral debe extenderse a cualquier persona que desee vender su capacidad de trabajo, independientemente de que esté o no clasificada jurídicamente como «trabajador». Solo los auténticos propietarios de empresas deben quedar excluidos de las protecciones laborales diseñadas para los empleados (parte III).
En Labour Law and Economic Policy se defiende una tesis novedosa, o tal vez olvidada: que el derecho laboral es también política económica. Sin embargo, en ocasiones se exponen los argumentos de manera demasiado absoluta. Por ejemplo, aparentemente se afirma que una legislación laboral cualquiera es preferible a la ausencia de legislación laboral, y que la desregulación es siempre indeseable. Citando a John Kenneth Galbraith, Todolí-Signes explica cómo los urbanistas de finales del siglo XIX podrían haber construido mejores avenidas en Washington, pero considera que las avenidas defectuosas eran mejores que la falta de avenidas. Habría sido caótico permitir que todo el mundo construyera en cualquier sitio sin planificación o control público (160). En casos como este es donde este libro pierde solidez. La experiencia nos dice que la política puede tener consecuencias perversas, inútiles y negativas no deseadas, a pesar de las mejores intenciones.5 Si bien es cierto que los trabajadores no son melones, siguiendo la analogía del propio Todolí-Signes tampoco son calles, edificios o espacios urbanos. La metáfora urbanística no se sostiene. Economistas y responsables políticos de distintas tendencias han reconocido los posibles riesgos de la regulación estatal de los mercados laborales, al menos desde la investigación de Karl Polanyi sobre las Leyes de Speenhamland de 1795.6 La legislación laboral tiene la capacidad de mejorar los resultados económicos, pero debe formularse con sensatez. Puede haber momentos y lugares en los que el abstencionismo regulador público sea la menos perjudicial de varias opciones indeseables.
Pese a los argumentos expuestos en el libro, es importante señalar que Todolí-Signes no promueve una visión economicista del derecho laboral. En su libro destaca las funciones económicas del derecho laboral junto a sus dimensiones morales y políticas. El autor afirma claramente que el derecho laboral tiene valores, que da herramientas a los trabajadores para reequilibrar la relación de trabajo y que fomenta la eficiencia y la productividad. En este sentido, el derecho laboral responde a lo que reclamaba el manifestante de París —a saber, medidas legislativas de subida salarial incentivada por el Estado— cuando salió a la calle, junto con muchos otros, para protestar contra la inflación. No se quejaba solo de políticas económicas en sentido estricto. Expresaba rabia, indignación y rebeldía ante los señores públicos y privados que controlaban sus medios de vida y los de los demás, e invocaba la legislación laboral como solución. En definitiva, el derecho laboral es una teoría moral, una herramienta política y, sí, política económica.
César F. Rosado Marzán
Cátedra de Derecho Edward Carmody
University of Iowa College of Law
Notes
- Nicolas Garriga y Boubkar Benzabat, «Francia: huelguistas exigen aumentos a la par de inflación», AP News, 18 de octubre de 2022. https://apnews.com/article/c74379703302e86d5c05e967d9227e49. ⮭
- «Soaring Temperatures and Food Prices Threaten Violent Unrest: Expect a Long, Hot, Uncomfortable Summer», The Economist, 27 de julio de 2023. https://www.economist.com/finance-and-economics/2023/07/27/soaring-temperatures-and-food-prices-threaten-violent-unrest. ⮭
- Amnistía Internacional, Precios al alza, protestas crecientes: Argumentos a favor de la protección social universal (Londres, 2023). ⮭
- Véase Peter A. Hall y David Soskice, eds., Varieties of Capitalism: The Institutional Foundations of Comparative Advantage (Oxford: Oxford University Press, 2001). ⮭
- Véase Albert O. Hirschman, The Rhetoric of Reaction: Perversity, Futility, Jeopardy (Cambridge, Estados Unidos: Harvard University Press, 1991). ⮭
- Karl Polanyi, The Great Transformation: The Political and Economic Origins of Our Time (Boston: Beacon Press, 2001, publicado inicialmente en 1944 por Farrar & Rinehart). [Traducido al español por Julia Várela y Fernando Álvarez-Uría. 1989. La gran transformación: Crítica del liberalismo económico. Madrid: Ediciones de la Piqueta.] ⮭